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Si tienes problemas para pagar pensión alimenticia y necesitas salir del REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES estamos para ayudarte.
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NUESTRAS ESPECIALIDADES EN FAMILIA
Alimentos
Los alimentos son un derecho que tienen todas las personas hasta los 21 años si no estudian o a los 28 si así lo hacen. Los padres tienen el deber de manutención de sus hijos, es por ello que se establece el derecho a pedir alimentos que puede ser regulado en una mediación (obligatoria) o por medio de una demanda ante Tribunal de Familia.
DIVORCIO
Permite disolver el vínculo matrimonial, si se cumple con los requisitos de tiempo de separación, el cual puede ser de mutuo acuerdo (un año de cese de convivencia) o demanda unilateral (3 años de cese de convivencia). Además existe el divorcio denominado culposo, que por hechos de uno de los cónyuges se pone fin a la vida en común.
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR vif
Tiene por objeto poner en conocimiento del Tribunal de Familia los hechos de violencia intrafamiliar,para que este tome los resguardos necesarios para evitar un mal mayor. Si el Tribunal considera que la VIF es constitutiva de delito, remitirá los antecedentes a la Fiscalía de Chile.
Alimentos
Por medio de esta acción el cónyuge no propietario de la residencia que sirva de asiento a la familia, impide que el bien sea atacado por las deudas del cónyuge propietario (y que no resida en el inmueble)
ADOPCIÓN
permite que una persona menor de 18 años pueda adquirir el estado civil de hijo de los adoptantes. Puede ser una regularización o una adopción propiamente tal, los cuales tiene como trámite previo la susceptibilidad de adopción.Todo ante Tribunal de Familia. Adquiere la calidad de hijo con todos los derechos y deberes que ello conlleva (se eliminan los antecedentes filiales anteriores)
CUIDADO PERSONAL
Esta acción permite al padre que no tiene el cuidado personal (quien se queda con el niño, niña o adolescente, que de acuerdo con la ley se presume el cuidado en el padre con quien se queda al momento de la separación), de adquirirla, comprobando la vulneración que está sufriendo con el otro padre o madre que detentaba el cuidado.
RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR
Todo padre o madre que no detenta el cuidado personal tiene el derecho (y es derecho de su hijo o hija relacionarse con ambos padres) de relacionarse con su hijo, es esta acción el medio para ello fijando días y horas para estar con su hija o hijo durante el año.
MEDIDA DE PROTECCIÓN
Cuando un niño, niña o adolescente ( también personas de la tercera edad) que se encuentren vulnerados en sus derechos, se debe pedir esta acción con el objeto de si se amerita, aplicar de forma inmediata una cautelar, destinada a dar protección y evitar dicha vulneración. Tramitando un procedimiento que permita las medidas temporales necesarias para lograr de forma definitiva el restablecimiento de sus derechos.
* La asesoría no es representación, es decir, la asesoría está referida a aconsejar planes de acción ante dichos organismos, de acuerdo a los antecedentes presentados.
Nuestro equipo de Derecho de Familia representará fielmente sus intereses en todas las materias que requiera una solución legal.
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
REPRESENTACIÓN LEGAL
Si ya estás en un proceso legal de familia tenemos especialistas que te representan y fielmente expondrán tu caso.
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PREGUNTAS FRECUENTES
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La principal forma de salir es pagando lo adeudado. La otra forma es realizando un convenio de pago, para pagar en cuotas mensuales.
El pago se debe realizar en la cuenta destinada al pago de pensión alimenticia, y una vez pagado, se tiene que poner en conocimiento al Tribunal para que ordene el retiro del registro. Si realiza un convenio de pago, este pode ser a través de escritura pública en notaria o en escrito presentado de común acuerdo ante Tribunal
Vuelve a ser moroso de pensión de alimentos, por lo que si en tres meses continuos no cumple el acuerdo o no paga la pensión volverá a caer en el registro.
Se debe pagar la pensión vigente y las cuotas del acuerdo, por o que es necesario ser realista a la hora de llegar a acuerdo. De lo contrario no podrá cumplir con la doble obligación, para con su o sus hijos o hijas.
Hoy en día la ley establece varias acciones a solicitar una vez que esté confirmado por el Tribunal la deuda. Además existe el registro de deudores, herramienta bastante importante que permite obtener el pago por diversos medios.
En cualquiera de estos casos y teniendo claro cuál es el domicilio de los padres del progenitor que no está cumpliendo con la pensión se les puede demandar a estos, ya que la obligación de pagarla recae inmediatamente en ellos. Debiendo por tanto realizar todos los trámites correspondientes, mediación y si es frustrada, la demanda respectiva.
Las materias de Familia involucran una carga emocional bastante fuerte, por lo cual puede ocurrir en determinadas ocasiones que se tomen buenas decisiones, por lo que un profesional con conocimiento en el tema le puede ayudar a resolver de mejor forma su problema. Es importante destacar que si bien son temas familiares, no hay que olvidar que son procesos judiciales con plazos y documentos mínimos a presentar para hacer valer mejor sus derechos o los de sus hijos, por ello al contar con persona adecuada para su asesoramiento las posibilidades de obtener resultados deseados son mayores.
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